4-Zakaah
4-Zakaah
Es un derecho legalmente prescrito para los pobres en las propiedades de los ricos que los ricos dan como un acto de adoración a Al-lâh el Todopoderoso en su debido momento.
El Zakaah es obligatorio sobre el musulmán respecto de su propiedad que llegó a la cifra mínima responsable del Zakaah y un año completo pasado sobre ella (sin utilizarla).
La conclusión de un año sigue siendo estipulada para el dinero, la ganadería y el comercio de productos básicos. En cuanto a lo que se produce de la tierra, el Zakaah es obligatorio sobre todo lo que se cosecha. Así, el lapso de un año es irrelevante para ello. En cuanto a las crías de ganado sujetas al Zakaah y la ganancia obtenidas en el comercio, el lapso del año se cuenta en relación con el capital original. Por lo tanto, no es necesario que un año completo pase en las crías de ganado o la ganancia, si su capital original ha llegado al Nisaab (es decir, la cantidad mínima responsable de Zakaah).
Para el acreedor de una persona insolvente, el acreedor debe pagar el correspondiente Zakaah de la deuda cuando lo recibe en el caso de que la deuda se haya mantenido durante un año como inpaga. Sin embargo, al ser el acreedor una persona solvente/ rico, el acreedor debe pagar Zakaah debido a esta propiedad cada año.
Además, no hay Zakaah sobre cualquier propiedad que se posea o destinada al uso, tales como la vivienda, ropa, los muebles, los vehículos y los animales preparados para montar y utilizar.
En cuanto a lo destinado para alquiler como vehículos, tiendas y casas, no hay Zakaah sobre su capital original pero si se debe pagar Zakaah del alquiler pagado por esos bienes si alcanza el Nisaab solo o agregándole a otra finca, y ha pasado un año completo desde el momento de la celebración del contrato.
En cuanto a la persona sobre el que el Zakaah es obligatorio y muere antes de pagarlo, debe pagarse de su herencia y no es anulado por su muerte.